CONSEJOS TERRITORIALES DE ARCHIVO -CTA-
Bogotá D.C, 16 de septiembre de 2026
CONVOCATORIA CONJUNTA DEL COLEGIO COLOMBIANO DE ARCHIVISTAS Y LA SOCIEDAD COLOMBIANA DE ARCHIVISTAS PARA LA DESIGNACION DE SUS REPRESENTANTES ANTE LOS CONSEJOS DEPARTAMENTALES Y DISTRITALES DE ARCHIVO.
- INTRODUCCION
De acuerdo con lo estipulado en la circular conjunta 001 de 2013, emitida por el Colegio Colombiano de Archivistas y la Sociedad Colombiana de Archivistas, corresponde convocar a la comunidad archivística Nacional para que participe activamente en el proceso de selección de los representantes de los archivistas ante los Consejos Departamentales y Distritales de:
Amazonas Bogotá Caquetá Casanare Cauca Cesar Córdoba Cundinamarca Guainía Guajira Huila Norte de Santander Putumayo Sucre Vaupés Vichada Barranquilla Cartagena Riohacha Santa Marta Turbo
según lo estipulado en el artículo 2.8.2.1.8. del decreto 1080 de 2015 “Conformación de los Consejos Departamentales y Distritales de Archivos”.
Según el literal 7, del artículo mencionado anteriormente, los Consejos Departamentales y Distritales de Archivos al integrarse, deben contar con un representante de los archivistas, designado por el Colegio Colombiano de Archivistas y la Sociedad Colombiana de Archivistas.
Para tal efecto y según la circular conjunta, el profesional así designado será nombrado para un período de dos (2) años, prorrogable por un período igual de tiempo, el cual se contará a partir de la fecha en que se realiza la respectiva designación y se comunica al Consejo Territorial correspondiente.
Se debe tener en cuenta que la participación de los representantes ante los Consejos es de carácter voluntario y no generará ningún tipo de contraprestación económica con las agremiaciones que los han designado ni con los Consejos para los cuales son designados y que, igualmente, las actuaciones que realice él mismo, ante los Consejos, es de su responsabilidad como profesional archivista, en desarrollo de lo descrito en el artículo 2.8.2.1.9 del mencionado decreto, que establece las Funciones de los Consejos Departamentales y Distritales de Archivos, las cuales describimos a continuación:
ARTÍCULO 2.8.2.1.9. Funciones de los Consejos Departamentales y Distritales de Archivos. Son funciones de los Consejos Territoriales de Archivos las siguientes:
- Asesorar al Archivo General de su respectiva jurisdicción territorial en materia de aplicación de la política archivística.
- Hacer seguimiento al cumplimiento de las políticas y normas archivísticas.
- Programar y coordinar acciones acordes con las políticas, planes y programas pro puestos por el Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado, bajo la coordinación de los Archivos Generales de la correspondiente jurisdicción territorial.
- Evaluar las Tablas de Retención Documental – TRD y las Tablas de Valoración Documental – TVD de las entidades públicas y privadas que cumplen funciones públicas de su jurisdicción, incluyendo las de los municipios, aprobadas por los Comités Internos de Archivo, emitir concepto sobre su elaboración y solicitar, cuando sea del caso, los ajustes que a su juicio deban realizarse.
- Emitir los conceptos sobre las TRD o las TVD que sean necesarios, luego de su revisión y convalidación, y solicitar que se hagan los respectivos ajustes.
- Presentar semestralmente dentro de la respectiva vigencia, informes de su gestión al Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado y a los archivos territoriales.
- Evaluar y presentar al Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado las solicitudes de declaratoria de archivos y documentos como bienes de interés cultural.
- Evaluar y aprobar los planes especiales de manejo y protección relacionados con los archivos y documentos declarados como bienes de interés cultural.
- Apoyar la gestión de programas y proyectos de los archivos de su jurisdicción, en todo lo atinente a la organización, conservación y servicios de archivo, de acuerdo con la normatividad y parámetros establecidos por el Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado.
- Informar al Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado como órgano coordinador del Sistema Nacional de Archivos, las irregularidades en el cumplimiento de la legislación archivística, así como sobre cualquier situación que a su juicio atente contra el patrimonio documental del país.
PARÁGRAFO: El Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado, podrá evaluar las Tablas de Retención Documental y de Valoración Documental de las Gobernaciones y Distritos, de sus entidades centralizadas, descentralizadas, autónomas y de las entidades privadas que cumplen funciones públicas de los municipios, distritos y departamentos, una vez aprobadas por el Comité Interno de Archivo de la respectiva entidad.
Según el artículo 2.8.2.1.1., de la norma en mención, los postulados a pertenecer a los consejos deben tener en cuenta el régimen de inhabilidades allí previsto, según las normas establecidas en el Estatuto Anticorrupción y el Código Disciplinario Único consagrado en ley 1952 de 2019, y para los archivistas el Código de Ética del Archivista promulgado en la Ley 1409 de 2010, quienes podrán ser sancionados conforme a dicha ley.
- POSTULACIONES
Teniendo en cuenta lo anterior, se convoca a los profesionales archivistas debidamente inscritos en el RUPA y con tarjeta profesional nivel universitario, que se encuentren interesados en postularse a conformar los Consejos Departamentales y Distritales de Archivo de “Amazonas, Bogotá, Caquetá, Casanare, Cauca, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Guainía, Guajira, Huila, Norte de Santander, Putumayo, Sucre, Vaupés, Vichada, Barranquilla, Cartagena, Riohacha, Santa Marta y Turbo”,
Para tal efecto, los profesionales interesados deberán remitir su solicitud junto con los documentos que soportan los requisitos, a los siguientes correos: planeacion@ccarchivistas.com y presidencia@scarchivistas.co.
Nuevo Plazo para presentar solicitudes:
15 de octubre de 2026.
- REQUISITOS
Junto con la respectiva solicitud, los profesionales deberán adjuntar:
- Hoja de vida.
- Copia del título Profesional de Archivista,
- Certificaciones que validen su experiencia en el campo archivístico de mínimo cinco (5) años con énfasis en elaboración, actualización de TRD y TVD, elaboración de Instrumentos archivísticos y trámite de convalidación de Tablas de retención y valoración Documental
- Copia de la tarjeta profesional (únicamente se selecciona profesionales del Nivel Universitario).
- PROCESO DE NOMBRAMIENTO Y DESIGNACIÓN
Las Juntas Directivas del Colegio Colombiano de Archivistas y de la Sociedad Colombiana de Archivistas, por medio de dos (2) de sus integrantes, realizarán la evaluación de las hojas de vida de los aspirantes y, en votación conjunta, designarán al representante de los archivistas ante el Consejo Departamental de Archivos. De lo anterior, se notificará debidamente a la Junta Directiva del Colegio Colombiano de Archivistas y de la Sociedad.
- RECOMENDACIONES PARA EL CARGO
Para desempeñar este cargo a cabalidad, le recomendamos tener disponibilidad de tiempo para poder asistir a las reuniones convocadas por los Consejos y participar en la revisión de los instrumentos a convalidar.
- COMUNICACIONES
Efectuado el nombramiento, se remitirá una comunicación de los presidentes del Colegio Colombiano de Archivistas y de la Sociedad Colombiana de Archivistas, al presidente del Consejo Departamental de Archivos correspondiente, informando del nombramiento del representante de los archivistas, la cual incluirá el nombre completo del Archivista, teléfono y correo electrónico. Copia de la comunicación se remitirá a la Subdirección del Sistema Nacional de Archivos del Archivo General de la Nación, de la misma forma, se efectuará la comunicación a los archivistas designados para que se contacte con el Presidente y Secretario del Consejo de Archivo asignado.
Cordialmente,
Dagoberto Mendoza Zamora John Francisco Cuervo Alonso
Presidente CCA Presidente SCA